- Compromiso legal: Todos los miembros de la comunidad están comprometidos a cumplir con
la Ley 679 del 3 de agosto de 2001, que busca prevenir, bloquear, combatir y denunciar la explotación
sexual de menores de edad en Colombia, incluyendo el uso indebido de material pornográfico y alusivo a
actividades sexuales con menores de edad en redes globales de información.
- Respeto y protección a los menores: Los menores de edad tienen derecho a ser protegidos
de cualquier forma de explotación, abuso y acoso. Es responsabilidad de todos los miembros de la
comunidad respetar y proteger sus derechos y su integridad.
- Identificación y registro: Se solicitará información a los huéspedes y acompañantes de
menores de edad acerca de su documento de identidad, pasaporte si es extranjero y cédula de ciudadanía
si es nacional. En el caso de menores de edad, se solicitará tarjeta de identidad o registro civil para
verificar el vínculo de parentesco.
- Autorización para menores acompañados: Todo menor de edad que no viaje en compañía de
sus padres deberá presentar un permiso de los padres autenticado que informe el nombre y documento de
identidad del adulto responsable del menor de edad, según la Resolución 3840 de 2009. Si un menor se
aloja con otro pariente que no sea su padre o madre, se requerirá una carta de autorización de los
padres para alojarse.
- Prevención y denuncia: Se promoverán acciones de prevención, sensibilización y denuncia
de situaciones que involucren la explotación sexual, el abuso y el acoso de menores de edad. Todos los
miembros de la comunidad están obligados a denunciar cualquier acto sospechoso o confirmado de
explotación sexual de menores de edad a las autoridades competentes.
- Cero tolerancia a la promoción de actividades ilegales: Los empleados y proveedores no
podrán promocionar u
ofrecer paquetes turísticos, sitios, imágenes, textos, publicidad, video, ni ningún medio en que se
muestren
actividades sexuales con menores de edad.
- Formación y sensibilización: Se capacitará y sensibilizará constantemente a empleados y
huéspedes acerca de
la prevención y el manejo de situaciones relacionadas con la explotación sexual, el abuso y el acoso de
menores de edad, conforme a la Ley 679 del 3 de agosto de 2001.
Este código de conducta tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de la Ley 679 del 3 de agosto de
2001 en Colombia y fomentar un entorno seguro y respetuoso para todos, especialmente para los menores de
edad.